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Conoce los 5 regímenes tributarios de Chile en 2024
Encuentra las principales características de los cinco regímenes tributarios vigentes en Chile en 2024
27 de Marzo, 2024
Un régimen tributario establece cómo se pagan los impuestos y cuáles son los niveles de pagos de los gravámenes de una empresa. En Chile, en el marco de la Ley de Modernización Tributaria en 2020, se añadieron tres nuevos regímenes tributarios, existiendo en la actualidad un total de cinco, definidos por el Servicio de Impuestos Internos (SII), a los que se pueden acoger los contribuyentes de Primera Categoría. Cada uno posee formalidades y requisitos detallados en el Decreto Ley N° 824 de la Ley de Impuesto a la Renta.
En Work/Café Santander te damos el detalle de cada uno de estos regímenes tributarios para que puedas tomar una decisión informada con tu emprendimiento. Recuerda que, si deseas saber el régimen tributario de tu empresa, podrás revisarlo online en la sección “Mi información tributaria” en el sitio del SII.
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1. Régimen Propyme General
Este régimen tributario está enfocado principalmente hacia las micro, pequeñas y medianas empresas, obligadas a llevar contabilidad completa o simplificada de sus operaciones. Los dueños de la empresa pueden rebajar sus impuestos finales según lo pagado por la empresa en el Impuesto de Primera Categoría, la que estará afecta a una tasa del 25%.
Al momento de inscribirse en este régimen tributario, los pagos provisionales mensuales tendrán una tasa de 0,25%, los que permanecerán al siguiente año tributario si sus ingresos brutos no excedan las 50.000 UF. En el caso que esto sí sucede, este porcentaje aumenta a 0,5%.
2. Régimen Propyme Transparente
El régimen Propyme Transparente, al igual que el Propyme General, está enfocado en las micro, pequeñas y medianas empresas donde pueden optar por contabilidad simplificada o completa. Sin embargo, aquí el negocio está exento de pagar el Impuesto de Primera Categoría, quedando bajo la responsabilidad de los propietarios tributar con sus impuestos finales en base a los resultados generados por éste.
En el caso de los pagos provisionales mensuales, la empresa comienza con una tasa del 0,2% que permanecerá en ese porcentaje si sus ingresos brutos no exceden los 50.000 UF. En el caso que esto suceda, este porcentaje aumenta a 0,5%.
3. Régimen General (Semi Integrado)
Este régimen tributario está dirigido hacia las grandes empresas cuya renta líquida está regida por los artículos 29 a 33 de la Ley sobre el Impuesto a la Renta. Es decir, cualquier empresa que no cumpla con los requisitos para adjudicarse los otros regímenes tributarios puede optar por esta modalidad.
Al igual que el Régimen Propyme General, los dueños pueden optar por rebajas de impuestos finales según lo pagado por la empresa y su Impuesto de Primera Categoría será del 27%. Además, puede optar a una rebaja imponible a este impuesto por Incentivo a la Inversión, equivalente a un 50% de su renta líquida imponible y llegando a un tope de 5.000 UF.
4. Régimen de renta presunta
Este régimen tributario está dirigido a cualquier empresa constituida exclusivamente por personas naturales desarrollando actividades de minería, transporte o agrícolas, llevando contabilidad simplificada y pagando impuestos sobre la base de Renta Presunta según el rubro. Si deseas optar al Régimen de renta presunta, el tope de capital permitido alcanza los 10.000 UF en transporte, 18.000 UF en actividades agrícolas y 34.000 UF en minería.
5. Contribuyentes no afectos al Artículo 14 de la LIR
Dirigido a fundaciones, corporaciones, o empresas donde el Estado es dueño total de su propiedad. En este régimen tributario las empresas están obligadas a llevar contabilidad completa sin la opción de optar a una simplificada.
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