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pagos provisionales mensuales
Finanzas

¿Qué son los pagos provisionales mensuales?

Aprende lo básico sobre los pagos provisionales mensuales, quiénes deben pagarlo y otros detalles en este artículo.

La administración de un negocio implica conocer sus responsabilidades tributarias y gestionarlas de manera óptima, a través de acciones como el llenado de declaraciones juradas. En este contexto, las empresas tienen que considerar el completado del formulario 29 todos los meses, que es una declaración jurada de todos los impuestos que deben ser retenidos legalmente.

Dentro del formulario 29 podemos encontrar los pagos provisionales mensuales (PPM), que no todos los contribuyentes están obligados a pagar y está sujeto a tasas o variaciones dependiendo de la naturaleza jurídica de la persona o empresa. ¿En qué consiste este pago obligatorio, quiénes deben pagarlo y cómo se calcula? 

En Work/Café nos importa entregarte toda la información que necesitas para guiarte en el manejo de tu pyme. Sigue leyendo para saber más sobre los pagos provisionales mensuales para que puedas completarlos con mayor certeza y sigas expandiendo tus conocimientos tributarios.

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¿Qué necesito saber sobre los pagos provisionales mensuales?

Según el SII, son pagos a realizar por los contribuyentes que funcionan como un abono contra los impuestos anuales determinados a final del año comercial, los que corresponde pagar hasta el 30 de abril del año siguiente. Los pagos provisionales mensuales están regulados por la Ley sobre Impuesto a la Renta, en su artículo 84, en añadido a circulares emitidas durante el 2020 en el marco de la Ley de Modernización Tributaria.

En paralelo, también existen los pagos provisionales mensuales de carácter voluntario, realizados por los contribuyentes por iniciativa propia, lo que puede suceder de manera esporádica o permanente. Sin embargo, para su pago deberás rellenar el Formulario 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo. 

¿Cómo se calculan los pagos provisionales mensuales?

El PPM neto determinado o cantidad final a pagar durante el mes se calcula a partir de dos elementos:

  1. Base imponible, basado en las ventas netas mensuales percibidas por el contribuyente.
  2. Tasa, que se determina a partir del tipo de actividades declaradas y el régimen tributario de tu organización. Por ejemplo, la tasa promedio del Impuesto de Primera Categoría para el régimen general semi integrado tienen una tasa variable de PPM.

Según el régimen tributario, el porcentaje de PPM variará de la siguiente manera:

  • Pro Pyme General tendrá una tasa de 0,25% en su primer año, y si no supera los 50.000 UF en ingresos brutos en los años subsiguientes. De suceder esto, la tasa subirá a 0,5%
  • Pro Pyme Transparente mantendrá una tasa de 0,2% su primer año y los años siguientes siempre y cuando sus ingresos brutos no excedan los 50.000 UF. De lo contrario la tasa sube a 0,5%
  • Los contribuyentes que poseen un régimen general semi integrado tendrán una tasa variable de PPM.

También te puede interesar: Conoce los regímenes tributarios disponibles en Chile

En el caso de que el contribuyente tenga un cambio de ingresos, costos o gastos que afecten su renta líquida por encima del 30% al final de un trimestre, se pueden recalcular la tasa de los pagos provisionales para el siguiente. Si la situación persiste en el siguiente semestre, se puede obviar el pago nuevamente.

¿Quiénes deben pagar pagos provisionales mensuales?

Los pagos provisionales mensuales son obligatorios para toda empresa que realiza alguna actividad económica afecta al Impuesto de Primera Categoría, junto a los profesionales independientes y sociedad de profesionales, talleres artesanales y obreros, empresas de transporte terrestre y contribuyentes en la venta de minerales.

Según el artículo 97 del Código Tributario, la sanción por el retraso de los pagos provisionales mensuales parte con una multa equivalente al 10% del impuesto adeudado, aumentando en un 2% por cada mes adicional de retraso hasta llegar a un tope de 30%. En el caso de que no se declare en su totalidad o una parte, el proceso de fiscalización puede determinar una sanción entre el 20% o 60% del monto adeudado, dependiendo del caso.

Sigue explorando más información tributaria junto a Work/Café Santander 

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